Resolucion 339/2007 -comfer

Fecha de disposición04 Mayo 2007
Fecha de publicación04 Mayo 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31148

Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Nº 31.148 15Viernes 4 de mayo de 2007 los fines previstos en los artículos 5º y 27 del pliego de bases y condiciones aprobado por Resolución Nº 755-COMFER/06 y sus modificatorias y aclaratorias, hasta sextuplicado inclusive, de sus respectivas ofertas, debiendo todas las copias encontrarse debidamente certificadas, en la modalidad exigida por el prenotado reglamento.

Art. 3º

Rectifícanse los Anexos I de las Resoluciones Nros. 5; 110 y 229-COMFER/07, sustituyéndose la frecuencia '1640' por la frecuencia '1580', expresadas en KHz.; la potencia diurna y nocturna de 0,5/0,25 Kws. por 1/0,25 Kws.; y la Categoría 'VII' por la Categoría 'VI', respectivamente, todos ellos correspondientes al concurso público convocado para la adjudicación de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud, en la localidad de TRES ARROYOS, provincia de BUENOS AIRES.

Art. 4º

Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido ARCHIVESE (PERMANENTE). -- Julio D. Bárbaro.

ANEXO I CIRCULAR ACLARATORIA Nº 4

En relación al Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que rige los llamados a Concursos Públicos para la adjudicación de licencias de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de amplitud que fuera aprobado por Resolución Nº 755-COMFER/06, modificada por su similar Nº 87-COMFER/07 y sus circulares aclaratorias contenidas en las Resoluciones Nros.

1130; 1246 y 1595-COMFER/06, aclárese lo siguiente:

7- Antecedentes de la emisora.

'.

  1. Con relación al artículo 23 del pliego, y vinculado con la consulta consistente en 'b) Qué interpreta el Organismo como acciones sociales de inserción comunitaria en la región por parte de una estación de radiodifusión sonora y/o de un oferente?', se aclara que se consideran tales aquellas actividades directamente relacionadas con la función radial, como ser la difusión dentro de la programación de acciones solidarias o propias de la comunidad regional (avisos, difusión de campañas, recolección de alimentos, difusión de actividades solidarias, etc.), como también aquellas que se realicen independientemente del servicio (apadrinamiento de un proyecto, colaboración con el sostenimiento de una entidad de bien público, generación de cooperativas de trabajo, etc.). Así también, se señala que la región en los términos del prenotado artículo puede abarcar un área más extensa que el área de servicio de una estación de radiodifusión, aunque sí vinculada a ésta.

si basta con la sola descripción y características de todos los aspectos mencionados en esta última norma (art.

' y si 'Basta con completar la planilla número 7, o la programación propuesta debe responder y/o incluir un determinado contenido o una mezcla y/o proporción de los contenidos posibles' se aclara que la asignación de puntaje en los rubros señalados no corresponde por la sola presentación de la documentación exigida por el artículo 20, inciso c) del pliego. En tal sentido, y si bien la elección, distribución e...

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