Resolucion 41/2007 - Cnta

Fecha de disposición31 Julio 2007
Fecha de publicación31 Julio 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31207

Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de riego, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 13, para las provincias de Catamarca y La Rioja.

Bs. As., 25/7/2007

VISTO, el expediente Nº 1-203-74.268/07 del registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente obra copia del Acta Nº 03 de fecha 1 de junio de 2007, mediante la cual la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 13 eleva un Acuerdo de Categorización y remuneraciones mínimas para los trabajadores ocupados en las tareas de RIEGO para las Provincias de CATAMARCAy LA RIOJA.

Que considerando el mencionado acuerdo y habiendo coincidido los representantes sectoriales, se procede a su determinación.

Que en consecuencia, corresponde hacer uso de las facultades conferidas por el artículo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, anexo a la Ley 22.248.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO RESUELVE:

Artículo 1º

Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de RIEGO, las que tendrán vigencia a partir del 1º de junio de 2007, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 13 para las Provincias de CATAMARCA y LA RIOJA, que a continuación se detallan:

$ 945.00

Art. 2º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Mario Burgueño Hoesse. -- Alfredo Megna. --Abel F. Guerrieri. -- Guillermo L. Giannasi. -- Miguel A. Giraudo. -- Ricardo Grimau. -- Jorge Herrera. -- Ramón Ayala. -- Hugo Gil.

Comisión Nacional de Trabajo Agrario SALARIOS Resolución 41/2007

Aclaración con respecto a las remuneraciones mínimas para el personal que desarrolla tareas avícolas, determinadas por la Resolución Nº 28/2007.

Bs. As., 25/7/2007

VISTO, el Expediente Nº 1.2220.552/07 del registro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente obra copia de una Acta Acuerdo de fecha 18 de mayo de 2007 celebrado entre la entidad sindical UATRE y la Cámara Argentina de Productores Avícolas (CAPIA) mediante la elevan a la C.N.T.A. una propuesta de remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en tareas AVICOLAS establecidas en la Resolución.

Que la Comisión Nacional de Trabajo Agrario dictó la Resolución Nº 28 de fecha 31 de mayo de 2007 fijando las remuneraciones mínimas y los premios establecidos en la citada Acta Acuerdo.

Que en el texto de la citada Resolución no se consignó la Cláusula Cuarta del referidoAcuerdo.

Que analizados los antecedentes respectivos los representantes sectoriales han coincidido en cuanto a la necesidad de subsanar la referida omisión.

Que en consecuencia corresponde hacer uso de las facultades conferidas por el artículo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, anexo a la Ley 22.248.

Por...

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