Resolucion 449/2008 - Cnc

Fecha de disposición06 Febrero 2008
Fecha de publicación06 Febrero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31339

Que la Coordinación Jurídica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIALAGROPECUARIO no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.

Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a las presentaciones que se detallan a fojas 227/228, que no han merecido observaciones o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas.

Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébanse las compensaciones solicitadas por los productores de trigo que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS TRECE MIL CIENTO OCHENTA Y UNO CON OCHENTAY DOS CENTAVOS ($ 1.913.181,82) por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2º -- Autorízase el pago de las compensaciones consignadas individualmente a los beneficiarios mencionados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS TRECE MIL CIENTO OCHENTA Y UNO CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ 1.913.181,82) por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 3º -- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- José Portillo.

ANEXO RESOLUCIONES SINTETIZADAS COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES Resolución 449/2008

Bs. As., 29/1/2008

Dispónese el mantenimiento de la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la empresa REDEXPRESS S.A. con el número CUARENTA Y TRES (43), en las condiciones establecidas en el presente...

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