Resolución C.13/2009

Fecha de la disposición14 de Mayo de 2009

Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que según surge de los actuados la persona de que se trata se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del Decreto mencionado en primer término del Visto.

Que a tenor de lo informado por el Director Técnico Administrativo de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción, la persona a contratar reúne los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa Nº 3/04 y modificatoria, a los efectos de su equiparación al Nivel B - Grado 4, del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA aprobado por el Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995).

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100).

Que a efectos de dar cumplimiento a la normativaprecedentementecitada,corresponde aprobar el contrato suscripto, ad-referéndum de su aprobación por el Jefe de Gabinete de Ministros, entre ésta Jurisdicción y la Sra.

AGUILAR, María Margarita, quien desempeña funciones en la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, equiparada al Nivel B - Grado 4 del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad presupuestaria.

Que, además, según informa el Director Técnico Administrativo de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción, la persona de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de enero de 2008, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.

Que la DELEGACION LEGAL de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de ésta Jurisdicción ha tomado intervención.

Que además han tomado la intervención de su competencia la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº 26.422.

Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo establecido en el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por aprobado a partir del 1º de enero de 2008 y hasta el 31 de diciembre de 2008, el contrato suscripto entre la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Sra. AGUILAR, María Margarita (D.N.I. Nº 5.242.448), para desempeñar funciones de Asesor Legal en la Delegación Legal de la citada Secretaría, equiparada al Nivel B - Grado 4 del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (Decreto Nº 993/91 - T.O. 1995) de acuerdo a las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y la Resolución SGP Nº 48/02.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley Nº 26.422 de Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2009.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Sergio T. Massa. -- Aníbal F. Randazzo.

RESOLUCIONES Instituto Nacional de Vitivinicultura VITIVINICULTURA Resolución C. 14/2009

Sistema de Transferencia Electrónica de Datos. Homológanse formularios.

Mendoza, 7/5/2009

VISTO el Expediente Nº 311-000258/2002-2, el Decreto Nº 297 de fecha 12 de febrero de 1932 y las Resoluciones Nros. C.44 de fecha 13 de febrero de 1987, C.119 de fecha 12 de marzo de 1993, C.128 de fecha 16 abril de 1993, y CONSIDERANDO:

Que a través de la citada pieza administrativa, el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) efectuó una convocatoria a empresas informáticas con el objeto de suscribir convenios para el desarrollo de los programas a implementar en función de la presentación por parte de la industria vitivinícola y de alcoholes, de Declaraciones Juradas On Line.

Que mediante la Resolución Nº C.44 de fecha 13 de febrero de 1987, se aprueba el Formulario CEC-04 - DECLARACION JURADA ANUAL DE PROCEDENCIAY DESTINO DE UVA EN FRESCO que deben presentar los Distribuidores, Exportadores de Uva en Fresco y Secaderos de todo el país.

Que la Resolución Nº C.119 de fecha 12 de marzo de 1993 y Resolución Nº C.128 de fecha 16 abril de 1993, aprueban el Formulario CEC-05 - DECLARACION JURADA ANUAL DE ELABORACION y su Anexo DECLARACION JURADA DE VOLUMENES DE VINOS NUEVOS PROPIEDAD DE TERCEROS ELABORADOS EN EL ESTABLECIMIENTO.

Que teniendo en cuenta que las Declaraciones Juradas mencionadas precedentemente son presentadas personalmente a este Instituto en las distintas dependencias, resulta conveniente modernizar el mecanismo de presentación, utilizando para ello el Sistema de Transmisión Electrónica de Datos en forma On Line.

Que por Resolución Nº C.5 de fecha 11 de mayo de 2007 se homologa el módulo correspondiente al Subsistema Vinos de distintos formularios que presentan los inscriptos y que forman parte del Sistema de Transferencia Electrónica de Datos, cuya obligatoriedad de presentación se establece por Resolución Nº C.9 de fecha 1 de junio de 2007, no encontrándose incluidas las declaraciones ya detalladas.

Que la Empresa CeyC...

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