Resolución 99/2021

Fecha de publicación06 Julio 2021
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO


Ciudad de Buenos Aires, 03/07/2021

VISTO el Expediente EX-2020-36506868-APN-DACYGD#AABE y su asociado EX-2016-00035184-APN-DMEYD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1° de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM) y su modificatoria N° 540 de fecha 5 de diciembre de 2019 (RESFC-2019-540-APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita la presentación de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO NEGRO, por la cual solicita la asignación en uso de un sector del bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF SE), ubicado en el Cuadro de Estación VILLA REGINA - LÍNEA ROCA - RAMAL R.60, Localidad VILLA REGINA, Departamento GENERAL ROCA, Provincia de RÍO NEGRO; identificado catastralmente como Partido 6 - Circunscripción 1 - Sección B - Manzana B30 - parte de las Parcelas 2 y 4, correspondiente al CIE Nº 6200003363/24, que cuenta con una superficie de terreno aproximada de VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS (25.213 m2), individualizado en el croquis que como ANEXO (IF-2021-55669241-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida.

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO NEGRO informa que en un sector del inmueble mencionado funciona la Planta Piloto de Alimentos Sociales y en otro sector se construirá un edificio académico para el desarrollo de las actividades inherentes a esa Casa de Altos Estudios.

Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de verificar las condiciones de ocupación de dicho inmueble, surge que en un sector se encuentra construida la Planta Piloto de Alimentos Sociales y el sector restante previsto para la construcción se encuentra desocupado y en desuso.

Que mediante el Decreto Nº 1.382/12 y su modificatorio, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros...

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