Resolución 983 - E.

Fecha de disposición22 Diciembre 2016
Fecha de publicación22 Diciembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 983 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 02/12/2016

VISTO el Expediente Nº 1.675.482/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2080 del 20 de noviembre de 2015, la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 650-E del 31 de agosto de 2016, la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del trabajo N° 43 del 23 de febrero de 2016 y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 22/25 del Expediente N° 1.675.482/15 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE PELUQUERÍA, ESTÉTICA Y AFINES, por la parte sindical y la CONFEDERACIÓN GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, la FEDERACIÓN BONAERENSE DE PELUQUEROS Y PEINADORES Y AFINES y el CENTRO DE PATRONES PELUQUEROS Y PEINADORES DE BUENOS AIRES, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 467/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 1° de la Resolución S.T. Nº 2080/15 y registrado bajo el Nº 1781/15, conforme surge de fojas 141/145 y 147, respectivamente.

Que a fojas 90/130 del Expediente Nº 1.675.482/15, obra el convenio colectivo de trabajo celebrado entre la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE PELUQUERÍA, ESTÉTICA Y AFINES, por la parte sindical y la CONFEDERACIÓN GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, la FEDERACIÓN BONAERENSE DE PELUQUEROS Y PEINADORES Y AFINES y el CENTRO DE PATRONES PELUQUEROS Y PEINADORES DE BUENOS AIRES, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el precitado convenio colectivo de trabajo fue oportunamente homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 2080 del 20 de noviembre de 2015 y registrado bajo el Nº 730/15, conforme surge de fojas 141/145 y 147, respectivamente.

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo Nº 43 del 23 de febrero de 2016, se solicitó a las partes la presentación de las escalas salariales correspondientes al precitado convenio.

Que a fojas 221/226 del Expediente N° 1.675.482/15, obran las escalas salariales acompañadas por las partes, cumplimentando lo requerido.

Que a...

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