Resolución 964 - E.
Fecha de disposición | 22 Diciembre 2016 |
Fecha de publicación | 22 Diciembre 2016 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Resolución 964 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 01/12/2016
VISTO el Expediente Nº 1.724.351/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el Decreto N° 1.759 del 3 de abril de 1972 (t.o. 1991), la Resolución de la SUSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Nº 595-E del 12 de agosto de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 48/49 del Expediente N° 1.724.351/13 obra la copia de la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 595-E del 12 de agosto de 2016 que declara la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO FEDERACIÓN GRÁFICA BONAERENSE y la ASOCIACIÓN DE EDITORES DE DIARIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, el cual fue registrado bajo el N° 913/16.
Que se ha advertido un error material en la cita de las partes signatarias del Acuerdo Nº 913/16 enunciadas en los textos del considerando primero y del Artículo 1º de la Resolución Ss.R.L. N° 595-E/16, consignándolas erróneamente como "ASOCIACIÓN DE EDITORES DE DIARIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (ADEBA) por el sector empleador y la FEDERACIÓN GRÁFICA BONAERENSE por el sector empleador", cuando corresponde decir "ASOCIACIÓN DE EDITORES DE DIARIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, por el sector empleador y el SINDICATO FEDERACIÓN GRÁFICA BONAERENSE, por la parte sindical".
Que con el fin de subsanar el precitado error involuntario y a fin de evitar futuras confusiones, corresponde proceder a emitir el pertinente acto administrativo, adecuando los textos del considerando primero y del Artículo 1º de la Resolución Ss.R.L. N° 595-E/16 a la rectificación mencionada.
Que a los fines expuestos se pone de relieve que las enmiendas que se efectúa por la presente, no alteran en lo sustancial el acto administrativo oportunamente dictado, el que resulta plenamente válido.
Que a fojas 5 del Expediente Nº 1.724.351/16, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO FEDERACIÓN GRÁFICA BONAERENSE y la ASOCIACIÓN DE EDITORES DE DIARIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 60/89, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución Ss.R.L. Nº 595-E/16 y registrado bajo el Nº 913/16, conforme surge de fojas 48/49 y 53, respectivamente.
Que el segundo párrafo...
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