Resolución 932/2020

Fecha de publicación18 Diciembre 2020
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2020

VISTO el Expediente Nº 1.676.007/15 y el EX-2020-51038494- -APN-MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 8/11 y 13 de la CD-2020-51222725-APN-ST#MT, que obra en el orden 4 del EX-2020-51038494- -APN-MT, se encuentran el acuerdo y acta complementaria celebrados entre la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES CAMIONEROS Y OBREROS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, LOGÍSTICA Y SERVICIOS, por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES EMPRESARIAS DEL AUTOTRANSPORTE DE CARGAS (FADEEAC), por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en las páginas 63/66 de la CD-2020-51224874-APN-ST#MT, que obra en el orden 5, se encuentran agregados el acuerdo y acta complementaria celebrados entre la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES CAMIONEROS Y OBREROS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, LOGÍSTICA Y SERVICIOS, por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES EMPRESARIAS DEL AUTOTRANSPORTE DE CARGAS (FADEEAC), por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en las páginas 88/91 y 109 de la CD-2020-51224874-APN-ST#MT que obra en el orden 5, lucen el acuerdo y acta complementaria celebrados entre la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES CAMIONEROS Y OBREROS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, LOGÍSTICA Y SERVICIOS, por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES EMPRESARIAS DEL AUTOTRANSPORTE DE CARGAS (FADEEAC), por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través de los precitados acuerdos se crean las Ramas “Residuos Patológicos”, “Residuos Industriales no especiales” y “Residuos Industriales especiales”, del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 40/89.

Que en la página 225 y en la página 268, respectivamente, de la CD-2020-51224874-APN-ST#MT, la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES DE TRANSPORTE Y LOGÍSTICA (FAETYL) y la CONFEDERACION ARGENTINA DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS-CATAC-, ratifican los acuerdos y actas complementarias celebradas.

Que en relación con la presentación obrante en el EX-2020-11859211-APN-MT, vinculado a los presentes actuados, debe dejarse indicado que en mérito al postulado emergente de la teoría de los actos propios, la oposición de la FEDERACIÓN ARGENTINA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR