Resolucion 925

Fecha de disposición09 Febrero 2007
Fecha de publicación09 Febrero 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31092

Al señor Director de la Dirección Nacional de Negociación Colectiva del Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación Doctor Carlos A. Schuster.

Expediente: 1.033.701/00

De nuestra consideración:

RICARDO PEÑA, en mi carácter de SecretarioAdjunto del Consejo Directivo Nacional de la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA (AOMA) con domicilio en la calle Rosario 434/36 de la Ciudad de Buenos Aires y GONZALO LOYOLA, en mi carácter de apoderado de CERRO VANGUARDIA S.A., con el patrocinio letrado de Javier Adrogué, con domicilio constituido en Avenida Carlos Pellegrini 1163, piso 5 (frente), de la Nº 31.092 23Viernes 9 de febrero de 2007

la suma de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($ 1.254.-) y el tope indemnizatorio en la suma de TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($ 3.762.-), correspondiente al Acta Acuerdo y Aclaraciones homologados bajo Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 501, de fecha 9 de agosto de 2006 y registrado con el número 488/06, cálculo obrante a foja 106.

ARTICULO 2°

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional del Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.

ARTICULO 3°

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4°

Gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias.

ARTICULO 5°

Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación de carácter gratuita del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio correspondiente al Acta Acuerdo y Aclaraciones homologados bajo Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 501, de fecha 9 de agosto de 2006 y registrado con el número 488/06, cuya copia obra a fojas 73/75, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250.

ARTICULO 6°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.148.259/05

BUENOS AIRES, 18 de diciembre de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST N° 925/06, se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 860/06.

-- VALERIAANDREAVALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N° 915/2006

Registro N° 861/2006

Bs. As., 11/12/2006

VISTO el Expediente N° 1.143.585/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus...

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