Resolucion 925
Fecha de disposición | 09 Febrero 2007 |
Fecha de publicación | 09 Febrero 2007 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31092 |
Al señor Director de la Dirección Nacional de Negociación Colectiva del Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación Doctor Carlos A. Schuster.
Expediente: 1.033.701/00
De nuestra consideración:
RICARDO PEÑA, en mi carácter de SecretarioAdjunto del Consejo Directivo Nacional de la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA (AOMA) con domicilio en la calle Rosario 434/36 de la Ciudad de Buenos Aires y GONZALO LOYOLA, en mi carácter de apoderado de CERRO VANGUARDIA S.A., con el patrocinio letrado de Javier Adrogué, con domicilio constituido en Avenida Carlos Pellegrini 1163, piso 5 (frente), de la Nº 31.092 23Viernes 9 de febrero de 2007
la suma de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($ 1.254.-) y el tope indemnizatorio en la suma de TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($ 3.762.-), correspondiente al Acta Acuerdo y Aclaraciones homologados bajo Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 501, de fecha 9 de agosto de 2006 y registrado con el número 488/06, cálculo obrante a foja 106.
Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional del Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado bajo la presente Resolución.
Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias.
Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación de carácter gratuita del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio correspondiente al Acta Acuerdo y Aclaraciones homologados bajo Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 501, de fecha 9 de agosto de 2006 y registrado con el número 488/06, cuya copia obra a fojas 73/75, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250.
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.148.259/05
BUENOS AIRES, 18 de diciembre de 2006
De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST N° 925/06, se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 860/06.
-- VALERIAANDREAVALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N° 915/2006
Registro N° 861/2006
Bs. As., 11/12/2006
VISTO el Expediente N° 1.143.585/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus...
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