Resolución 92/2015

Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2015



AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

Resolución 92/2015Bs. As., 3/3/2015

Visto el Expediente N° 2029/2012 del Registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se relacionan con la solicitud efectuada por la Señora ELIDA ARACELI VITTI, tendiente que se le adjudique una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por suscripción por vínculo físico (circuito cerrado comunitario de televisión y antena comunitaria de televisión) en la localidad de FONTANA provincia de CHACO.

Que la DIRECCION DE EVALUACION TECNICA a fs. 220, ha concluido que la propuesta de inversión denunciada por la peticionante resulta adecuada ajustándose a la Resolución 296/2010.

Que la DIRECCIÓN DE ANÁLISIS ECONÓMICO Y PATRIMONIAL elaboró el informe pertinente a fs. 210/11, del que surge que la peticionante acredita capacidad patrimonial y origen de los fondos de acuerdo a lo establecido en la Resolución 432-AFSCA/2011.

Que la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS REGULATORIOS se ha expedido sobre el aspecto cultural, del que surge que las exigencias del Reglamento que rige el acceso a las licencias de servicios complementarios de radiodifusión, en lo que refiere a la propuesta comunicacional (art. 20 al 23), entendiendo que los contenidos presentados para el proyecto del canal de generación propia local tienden a fortalecer los aspectos educativos y culturales de la localidad de inserción del servicio, como así también promueven el acceso a la información, con prioridad de contenidos locales y regionales según la modalidad de producción prescripta en las exigencias de dicho reglamento fs. 221/22.

Que la DIRECCIÓN DE ADJUDICACIÓN DE LICENCIAS consideró objetivamente cumplidos por la solicitante, los requisitos personales establecidos por la normativa aplicable fs. 225/227.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, mediante Informe EXPAFSCA 2029/12, ha asignado los parámetros técnicos para el sistema en cuestión fs. 193/194.

Que asimismo el organismo técnico ha consignado que el sistema deberá ajustarse a la norma técnica vigente Resolución N° 3228-CNC/99, en lo referente a la generación de radiaciones electromagnéticas incidentales, de forma que la potencia radiada incidentalmente desde cualquier...

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