Resolución 91. Resolución N° 269\/2001. Modificación.

Fecha de disposición10 Mayo 2016
Fecha de publicación10 Mayo 2016
SecciónResoluciones

Resolución 91/2016

Resolución N° 269/2001. Modificación.

Bs. As., 05/05/2016

VISTO el Expediente N° S01:0174467/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el Decreto N° 1.638 de fecha 11 de diciembre de 2001, la Resolución N° 269 de fecha 14 de diciembre de 2001 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, sus modificatorias y complementarias, y la Resolución N° 57 de fecha 6 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.638 de fecha 11 de diciembre de 2001 se establecieron las normas para canalizar los fondos del comercio exterior a través del sistema financiero, y asimismo las excepciones necesarias a fin de no afectar el financiamiento internacional.

Que el citado Decreto N° 1.638/01 dispuso que la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, actualmente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, cada uno dentro del ámbito de su competencia, serán la Autoridad de Aplicación del mismo, pudiendo dictar normas de aplicación o interpretativas.

Que en uso de las facultades dispuestas por el decreto mencionado se dictó la Resolución N° 269 de fecha 14 de diciembre de 2001 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, sus modificatorias y complementarias, por la cual se establecieron diferentes plazos para ingresar las divisas provenientes de las operaciones de exportación según el tipo de mercadería involucrada.

Que a través de la Resolución N° 142 de fecha 24 de abril de 2012 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se modificó el referido plazo establecido en la resolución mencionada en el considerando precedente.

Que posteriormente, en uso de las facultades dispuestas por el decreto mencionado, se dictaron las Resoluciones Nros. 30 de fecha 9 de marzo de 2016 y 57 de fecha de 6 de abril de 2016 ambas de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, mediante las cuales se modificaron los plazos para el ingreso de divisas de determinadas actividades, de manera de fortalecer la competitividad de las exportaciones argentinas.

Que a los fines de promover la competitividad de la economía local así como una mayor inserción comercial, y con el objetivo de abrir mercados a los productos argentinos, con reglas simples de exportación y facilidades de financiación para todo el universo de productores, empresas y exportadores...

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