Resolución 900/2022

Fecha de publicación15 Junio 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE CULTURA


Ciudad de Buenos Aires, 13/06/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-01123618- -APN-DGD#MC, la Resolución Nº 82 de fecha 27 de enero de 2022 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, las Resoluciones Nº 8 de fecha 14 de marzo de 2022 y Nº 9 de fecha 23 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución M.C. Nº 82/22 (RESOL-2022-82-APN-MC) se aprobó y declaró abierto la Segunda Convocatoria Nacional del PROGRAMA DE APOYO A LAS FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS, de conformidad con el Reglamento técnico de Bases y Condiciones según ANEXO I (IF-2022-01146653-APN-DNPPC#MC), ANEXO II (IF-2022-01132590-APN-DNPPC#MC), ANEXO III (IF-2022-00314447-APN-DNPPC#MC) y ANEXO IV (IF-2022-00315189-APN-DNPPC#MC), que forman parte integrante de la presente medida.

Que, según lo estipulado en los apartados 4.1 y 4.2 del Reglamento antes mencionado, la Segunda Convocatoria del PROGRAMA DE APOYO A LAS FERIAS DEL LIBRO DEL PAÍS comprenderá DOS (2) llamados.

Que el primer llamado comenzó el día 2 de febrero y finalizó el 2 de marzo del presente año y estuvo destinado a ferias, previstas entre el 15 de marzo y el 31 de agosto de 2022.

Que mediante la Resolución S.D.C. N° 8/22 (RESOL-2022-8-APN-SDC#MC) se designó el jurado del primer llamado, conformado en los términos de la Resolución M.C. Nº 82/22, y mediante la Resolución S.D.C. N° 9/22 (RESOL-2022-9-APN-SDC#MC) se aprobó la selección de ganadores y se dispuso el pago, según el detalle incorporado en el ANEXO I (IF-2022-24042131-APN-DNPPC#MC) que forma parte integrante de la citada medida.

Que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento, el Segundo Llamado estará destinado a ferias que se vayan a realizar entre el 1 de septiembre de 2022 y el 28 de febrero de 2023.

Que por lo antedicho la convocatoria se llevará a cabo de conformidad con el Reglamento técnico de Bases y Condiciones según ANEXO I (IF-2022-01146653-APN-DNPPC#MC), ANEXO II (IF-2022-01132590-APN-DNPPC#MC), ANEXO III (IF-2022-00314447-APN-DNPPC#MC) y ANEXO IV (IF-2022-00315189-APN-DNPPC#MC), que forman parte integrante de la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las partidas...

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