Resolución 9.

Fecha de disposición04 Julio 2017
Fecha de publicación04 Julio 2017
SecciónResoluciones

CONSEJO FEDERAL PESQUERO

Resolución 9/2017

Buenos Aires, 15/06/2017

VISTO lo dispuesto por el inciso c) del artículo de la Ley N° 24.922, la Resolución N° 18 de fecha 15 de diciembre de 2016 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y

CONSIDERANDO:

Que a los fines de la conservación, protección y administración de los recursos vivos marinos debe establecerse anualmente la Captura Máxima Permisible para las distintas especies de conformidad con lo establecido en los artículos 9° inciso c) y 18 de la Ley N° 24.922, a fin de evitar excesos de explotación y asegurar su conservación a largo plazo.

Que a través de la resolución mencionada en el visto se establecieron los valores de Captura Máxima Permisible (CMP) de las especies merluza común (Merluccius hubbsi), merluza de cola (Macruronus magellanicus) y polaca (Micromesistius australis) para el año 2017, y de la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides) para el primer semestre del año 2017.

Que en función de las recomendaciones del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP) vertidas en el Informe Técnico Oficial N° 53/2016, de fecha 15 de diciembre de 2016: "Diagnóstico del estado de explotación de la merluza negra (Dissostichus eleginoides) del Atlántico Sudoccidental. Recomendación de la Captura Biológicamente Aceptable año 2017", la CMP de esta especie se estableció en UN MIL OCHOCIENTAS CINCUENTA (1.850) toneladas, para el primer semestre del año en curso.

Que por esta razón, debe fijarse el valor de CMP de esta especie hasta el 31 de diciembre de 2017.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la presente de conformidad con el artículo 9° incisos c) y f) y artículo 18 de la Ley N° 24.922, y el artículo 9° del Decreto N° 748 de fecha 14 de julio de 1999.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO

RESUE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR