Resolución 896

Fecha de publicación16 Noviembre 2018
Fecha de disposición16 Enero 2018
SecciónVII- AVISOS OFICIALES

MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA Y

TRANSPORTE

RESOLUCIÓN 896

SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional"

12 NOV. 2018

VISTO:

El Expediente N°01801-0050811-1 del Registro del Sistema de Información relacionadas con el establecimiento de la tarifa a aplicarse por la prestación del “Servicio de Provisión de Agua Potable a través del Sistema de Acueductos” , y;

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones, y en el marco del Decreto N° 4486/17 y lo dispuesto por la Resolución MlyT N° 500/18, ASSA propone la adecuación del CMP aplicable al m3 de agua potable de los sistemas que integran el "PROGRAMA DE GRANDES ACUEDUCTOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE";

Que el Decreto citado, en su Anexo I, Apartado I.v. define al Servicio en cuestión, indicando que "... comprende la prestación del servicio de captación, producción y transporte de agua potable a través de los sistemas de acueductos...", y especifica que el Operador es la entidad encargada de la prestación del mismo, actualmente Aguas Santafesinas S.A.;

Que asimismo, respecto del Servicio en cuestión, en el Anexo I, Apartado II establece que "... El Operador facturará y tendrá derecho al cobro de la tarifa al requirente (Titulares del Servicio Público Local o Prestadores locales). El servicio a prestarse en cada caso comprenderá la captación, potabilización y transporte de agua potable...";

Que agrega luego que: "...EI importe a percibir por la prestación del servicio deberá reflejar en forma efectiva los costos directos de gastos de personal, insumos químicos, energía eléctrica y mantenimiento, como asimismo los costos indirectos asociados a gastos de administración, estructura y actividades de apoyo. Dicho importe estará dado por el cálculo del Costo Medio Ponderado (CMP) de captación, producción y transporte de los distintos sistemas de provisión de agua potable operativos y bajo la administración y operación de Aguas Santafesinas S.A...";

Que finalmente, se establece que la Autoridad de Aplicación deberá fijar la tarifa a utilizarse, tomando para ello como base los criterios anteriormente mencionados;

Que mediante Resolución N° 500/18 de esta Jurisdicción se aprobó la Metodología del Cálculo del Costo Medio Ponderado elevada por Aguas Santafesinas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR