Resolución 892/2021

Fecha de publicación31 Diciembre 2021
SecciónAsociaciones Sindicales
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2021

VISTO el EX-2019-100175128- -APN-DGD#MT, la Ley N° 23.551, Ley 25.674, N° 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que, con fecha 11 de Mayo de 2015 la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL, con domicilio en Bartolomé Mitre 1563, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó la ampliación de su personería gremial, para representar a todos los trabajadores dependientes del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz, con zona de actuación en la Ciudad de Río Gallegos de la Provincia de Santa Cruz, de conformidad con la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, y a su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que por Resolución M.T.Y.S.S. Nro. 511/62 se otorgó a la ASOCIACION DEL PERSONAL DE TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA NACIÓN Personería Gremial para agrupar exclusivamente a los agentes del Tribunal de Cuentas de la Nación, con zona de actuación en la Capital Federal.

Que por Resolución M.T.S.S. Nro. 414/95 se aprobó su nueva denominación, que en lo sucesivo será ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL.

Que por Resolución Nº 1180/2013 de fecha 13 de Noviembre de 2013 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la mencionada entidad obtuvo la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial.

Que el ámbito reconocido a la entidad conforme la ampliación de su inscripción gremial citada, comprende a los trabajadores en relación de dependencia con el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz, con zona de actuación en la Ciudad de Rio Gallegos de la Provincia de Santa Cruz.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 25, incisos a) y b) de la Ley N° 23.551 de Asociaciones Sindicales, se ha valorado la acreditación del universo de trabajadores y de la representatividad respecto a los trabajadores en relación de dependencia con el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz, en la Ciudad de Rio Gallegos, Provincia de Santa Cruz.

Que pudiendo existir en el ámbito y zona de actuación solicitado colisión con los ámbitos que detentan sindicatos de primer grado con personería gremial preexistente, se corrió traslado en virtud de lo prescripto en el artículo 28...

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