Resolución 89.

Fecha de disposición24 Agosto 2016
Fecha de publicación24 Agosto 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 89/2016

Buenos Aires, 19/08/2016

VISTO el Expediente N° ACR 0000770/2016, la Ley N° 26.168, el Decreto PEN N° 1172/2003, la Resolución ACUMAR N° 82/2016 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, y General Las Heras, de la Provincia de Buenos Aires.

Que la Ley N° 26.168 en su artículo 5° otorga al organismo facultades de regulación, control y fomento respecto de las actividades industriales, la prestación de servicios públicos y cualquier otra actividad con incidencia ambiental en la Cuenca, pudiendo intervenir administrativamente en materia de prevención, saneamiento, recomposición, y utilización racional de los recursos naturales y faculta especialmente a la ACUMAR a llevar a cabo cualquier tipo de acto jurídico o procedimiento administrativo necesario o conveniente para ejecutar el Plan Integral de Control de la Contaminación y Recomposición Ambiental.

Que en el marco del nuevo Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA) presentado ante el JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 2 de MORÓN en fecha 07 de julio de 2016, se aprobó la Resolución N° 82/2016 mediante la cual se convocó a Audiencia Pública a los fines de permitir y promover la efectiva participación ciudadana en relación a la actualización del mencionado Plan y dar inicio al proceso de construcción de una visión compartida de la Cuenca.

Que el Decreto PEN N° 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003, mediante el cual se regulan las Audiencias Públicas, establece en el artículo 7° que la máxima autoridad del área será quien presida la misma, pudiendo delegar tal responsabilidad en un funcionario competente en razón del objeto de la misma.

Que en tal sentido, el CONSEJO DIRECTIVO de la ACUMAR en su Sesión Ordinaria de fecha 28 de julio de 2016 decidió instruir al Director Ejecutivo de la ACUMAR a designar a más de un presidente de la audiencia, en razón de los distintos temas a tratar.

Que ha tomado intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la ACUMAR.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 26.168.

Por...

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