Resolución 877/2019
Fecha de publicación | 10 Diciembre 2019 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL |
Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-84050877- -APN-ANAC#MTR, el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007; la Resolución Nº 1 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL de fecha 2 de enero de 2013, la Resolución Nº 478 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL de fecha 31 de mayo de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que la Empresa INTERCARGO SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL (INTERCARGO SAC) es concesionaria del servicio público de atención en tierra a aeronaves (servicios de rampa) que se desarrolla en el ámbito aeroportuario como complementación del servicio público de uso de instalaciones en los aeródromos del ESTADO NACIONAL o bajo su administración.
Que el contrato de concesión suscripto entre el ESTADO NACIONAL e INTERCARGO SAC el 24 de abril de 1990 incluyó la actividad de embarque y desembarque de pasajeros y tripulaciones mediante la instalación y el uso de pasarelas telescópicas, comúnmente denominadas “mangas”, en el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini” de la Ciudad de Ezeiza, Provincia de BUENOS AIRES y el Aeroparque Internacional “Jorge Newbery” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que la Empresa AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA (AA2000) es concesionaria del ESTADO NACIONAL para la explotación y administración de los aeropuertos integrantes del Grupo A del Sistema Nacional de Aeropuertos, de conformidad con lo dispuesto en los Decretos Nros. 375 de fecha 24 de abril de 1997,
163 de fecha 13 de febrero de 1998 y 1.799 de fecha 4 de diciembre de 2007 siendo, este último, por cuyo intermedio se ratificó el Acta Acuerdo de renegociación contractual suscripta por la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS creada por el Decreto Nº 311 de fecha 3 de julio de 2003 y AA2000.
Que las partes supeditaron la vigencia del citado Convenio al dictado, por parte de esta Administración Nacional, de una resolución que establezca: 1) la aplicación de la tarifa dispuesta para el Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini” en el Cuadro Tarifario de Servicios de Rampa AIC - Resolución ANAC Nº 421/11, para el cobro de los servicios de pasarela telescópica en el Aeroparque Internacional “Jorge Newbery”; 2) la aplicación de la tarifa establecida para el Aeropuerto Internacional “Ingeniero Ambrosio Taravella” de la Ciudad y Provincia de CORDOBA en el Cuadro Tarifario de Servicios de Rampa AIC - Resolución ANAC Nº 421/11, para el cobro del servicio de pasarela telescópica para “OTROS AEROPUERTOS...
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