Resolución 87/2019

Fecha de publicación17 Abril 2019
SecciónResoluciones
EmisorFONDO NACIONAL DE LAS ARTES
VISTO el EX-2019-20417559- -APN-GO#FNA, la Ley N° 27.467, los Decreto Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018, las Decisiones Administrativas Nros. 352 de fecha 5 de junio de 2017, 1366 de fecha 24 de julio de 2018, y

CONSIDERANDO

Que por DA-2018-1366-APN-JGM se designó transitoriamente a la Señora Adriana Carina ONORATO CUATTRIOCHIO (D.N.I. N° 22.064.735), en el cargo de Gerente de Comunicación y Relaciones Institucionales del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, Organismo Autárquico en jurisdicción de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Que por DA-2017-352-APN-JGM se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, incorporando y homologando en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversas dependencias del Organismo.

Que por el artículo 3° del Decreto 1035/2018 se facultó a las máximas autoridades de organismos descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueras dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que por el artículo 4° del Decreto citado precedentemente se estableció que en ningún caso la prorroga de la designación transitoria instrumentada en ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 3° de la presente medida podrá exceder el 31 de diciembre de 2019.

Que por el Decreto N° 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (S.I.N.E.P.).

Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, razón por la cual se solicita la prórroga de la designación transitoria aludida.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

Que la SUBGERENCIA LEGAL del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley N° 1224/58, y en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 3° del Decreto 1035/2018.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL FONDO NACIONAL DE LAS ARTES

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Prorrogar a partir de la fecha de inicio de prórroga...

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