Resolución 829.

Fecha de disposición01 Diciembre 2015
Fecha de publicación01 Diciembre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 829/2015

Bs. As., 26/11/2015

VISTO el Expediente N° 407/2015, del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que por Resolución N° 55 de fecha 21 de marzo de 2013 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se otorgó a la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS ANEXOS DE DIONISIA LIMITADA la Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y registro para los servicios de Telefonía Local, Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional, Valor Agregado - Acceso a Internet y Reventa de Servicios de Telecomunicaciones.

Que el mencionado prestador ha solicitado la asignación de un Código de Identificación de Operador de Larga Distancia.

Que el Plan Fundamental de Numeración Nacional en el Punto III.5 establece la Estructura "PQR" para la identificación de Códigos de Operador de Larga Distancia.

Que la solicitud del operador se encuadra en lo establecido en el referido Plan, Punto VI.5 donde se establecen las pautas para la asignación de los Códigos.

Que COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS ANEXOS DE DIONISIA LIMITADA ha solicitado numeración para los servicios de cobro revertido automático (800), y cobro compartido (810).

Que el criterio de asignar un bloque de DIEZ MIL (10.000) números al operador, para cada uno de los servicios mencionados, es adecuado y suficientemente eficiente a los efectos de satisfacer las necesidades del peticionante.

Que el mencionado prestador ha solicitado numeración para el Servicio de Telefonía Local para ser utilizada en el área local de Comandante Nicanor Otamendi.

Que han tomado debida intervención las áreas técnicas competentes de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, y habiendo analizado la cantidad que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dicha área local, los requerimientos del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, han considerado procedente la asignación peticionada.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el DIRECTORIO DE LA...

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