Resolución 828/2022

Fecha de publicación19 Julio 2022
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES


Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-72781458--APN-SGRRHH#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 90 de fecha 20 de enero de 2020 y N° 183 de fecha 12 de abril de 2022, las Resoluciones INCAA N.º 554 de fecha 28 de julio de 2017 y N° 742-E de fecha 01 de julio de 2022; y

CONSIDERANDO

Que entre las Unidades Operativas del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES se encuentra la ESCUELA NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA (ENERC).

Que mediante Resolución INCAA N° 554/2017 se aprobó el “REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL CARGO DE RECTORÍA DE LA ESCUELA NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA (ENERC)”.

Que encontrándose vacante el cargo de RECTOR/A de la ENERC, por Resolución INCAA N° 742-E/2022 se aprobaron las Bases del llamado para el proceso de selección para este puesto y su llamado.

Que el Reglamento citado precedentemente prevé en su Artículo 6° que dicho Jurado estará conformado por “DOS (2) integrantes del Consejo Académico de la ENERC, UN (1) profesor de reconocida trayectoria designado a propuesta del Consejo Académico de la ENERC, TRES (3) integrantes propuestos por el Presidente del INCAA, quienes deben tener reconocida trayectoria en artes audiovisuales, en la actividad cultural o académica o en la gestión de políticas públicas”.

Que a efectos de llevar adelante el proceso de selección mencionado debe integrarse el correspondiente Jurado.

Que conforme IF-2022-72767555-APN-SGRRHH#INCAA luce Acta del Consejo Académico de la ENERC, mediante la cual, designó a los/as TRES integrantes.

Que asimismo, y en el marco de las competencias que surgen del Artículo 6° citado atento el Informe incluido en NO-2022-70029242-APN-VICE#INCAA, corresponde designar a los/as TRES representantes por la Presidencia del INCAA.

Que en las actuaciones de referencia obran los antecedentes curriculares de los miembros propuestos para integrar el Jurado, los cuales reúnen las condiciones exigidas para las funciones a...

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