Resolución 825-E.

Fecha de disposición03 Octubre 2017
Fecha de publicación03 Octubre 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Resolución 825-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 28/09/2017

VISTO el Expediente Nº S01:0235665/2013 del Registro del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 233 de fecha 18 de mayo de 2015 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se autorizó el ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la empresa ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA), como AGENTE GENERADOR por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA LA LUJANITA, de UNO COMA SIETE MEGAVATIOS (1,7 MW) de potencia nominal, de la localidad de Cipolletti 737, Departamento de Luján de Cuyo, Provincia de Mendoza.

Que el artículo 3° del referido acto condicionaba la vigencia de la autorización otorgada a la celebración del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del artículo 14 de la Ley N° 15.336, texto conforme al artículo 89 de la Ley Nº 24.065, antes del 31 de diciembre de 2016.

Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley N° 15.336.

Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2020.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que por el artículo 11 de la Resolución Nº 6 de fecha 25 de enero de 2016 de este Ministerio, se delegó en esta Secretaría, las facultades asignadas a la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, según los artículos 35, 36 y 37 de la Ley Nº 24.065.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del artículo 37 de la Ley Nº 15.336 y delos artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

RESUELVE:

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