Resolución 812/2021

Fecha de publicación30 Junio 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE CULTURA


Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-52074284- -APN-DGD#MC del registro del MINISTERIO DE CULTURA, la Ley N° 26.485 - de Protección Integral de las Mujeres, reglamentada por el Decreto N° 1011/10, la Ley N° 26.743 de Identidad de Género, la Ley N° 27.499 - Micaela: De Capacitación Obligatoria en Género para todas las personas que integran los tres Poderes del Estado, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios y las Resoluciones Nº 24 de fecha 16 de enero de 2019 y Nº 170 de fecha 10 de junio de 2019, ambas de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Convención sobre Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979), aprobada por Ley N° 23.179 y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Pará, 1994), aprobada por Ley N° 24.632, que obligan a los Estados a impulsar normas y políticas a fin de prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres.

Que atento lo establecido en el artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, dichas convenciones sobre derechos humanos, en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de la Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos.

Que en ese marco, ha sido sancionada la Ley N° 26.485 - de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales, con el objetivo de impulsar el desarrollo de políticas públicas de carácter interinstitucional sobre violencia contra las mujeres y promover la asistencia integral a las personas que padezcan situaciones de violencia por razones de género.

Que, por otra parte, cabe destacar que la Ley N° 26.743 y sus Decretos Reglamentarios Nº 1007/12 y Nº 903/15 reconocieron el derecho de toda persona a su identidad de género y a desarrollarse libremente.

Que la Ley N° 27.499, conocida como Ley Micaela, establece la capacitación obligatoria en las temáticas de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.

Que en línea con el compromiso...

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