Resolución 808 - E.

Fecha de disposición16 Diciembre 2016
Fecha de publicación16 Diciembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 808 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2016

VISTO el Expediente N° 1.712.656/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 521 del 20 de julio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 115 vta. del Expediente N° 1.712.656/16 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE AERONAVEGANTES por la parte sindical y la empresa BRITISH AIRWAYS PLC, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 594/03 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución Ss.R.L. N° 521/16 y registrado bajo el N° 655/16, conforme surge de fojas 164/166 y 169, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 178/178 vuelta y 179/179 vta. obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que a fojas 114/114 vta. del Expediente N° 1.712.656/16 obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE AERONAVEGANTES, por la parte sindical, y la empresa BRITISH AIRWAYS PLC, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 594/03 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el citado acuerdo fue oportunamente homologado por el artículo 1° de la Resolución Ss.R.L. N° 521/16 y registrado bajo el N° 654/16, según surge de fojas 164/166 y 169, respectivamente.

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