Resolución 1761/2009

Fecha de disposición05 Abril 2010
Fecha de publicación05 Abril 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31875

Registro Nº 1485/2009

Bs. As., 11/12/2009

VISTO el Expediente Nº 1.345.971/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 78/80 del expediente citado en el Visto, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA por el sector de los trabajadores y la empresa LABORATORIOS TEMIS LOSTALO SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 42/89, de conformidad con lo regulado por las Leyes Nº 14.250 (t.o. 2004) y Nº 23.546 (t.o. 2004).

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 42/89 fue oportunamente celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE INDUSTRIAS DE LA SANIDAD por el sector empleador y la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA por el sector de los trabajadores.

Que la FEDERACION DE ASOCIACIONES DETRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA ratificó el Acuerdo y solicitó su homologación.

Que en el Acuerdo de marras las partes convienen que los trabajadores de la empresa alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 42/89, recibirán a partir del mes de septiembre de 2009, adicionales en concepto de: premio a la asistencia, premio a la puntualidad y premio a la contracción.

Que las partes signatarias han ratificado el Acuerdo ante el funcionario respectivo y acreditado en autos su personería y facultades para negociar colectivamente.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad que desarrolla la empresa signataria y la representatividad reconocida a la entidad sindical interviniente, emergente de su personería gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el presente acuerdo, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a los efectos de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que se acreditaron los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten a principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado 'orden público laboral' ni de otras normas dictadas en protección del interés general.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA por el sector de los trabajadores y la empresa LABORATORIOS TEMIS LOSTALO SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 42/89, de conformidad con lo regulado por las Leyes Nº 14.250 (t.o.

2004) y Nº 23.546 (t.o. 2004), glosado a fojas 78/80 del Expediente Nº 1.345.971/09.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo glosado a fojas 78/80 del Expediente Nº 1.345.971/09.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Finalmente procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 42/89.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.345.971/09

Buenos Aires, 15 de diciembre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1751/09, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 78/80 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 1485/09. -- VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.345.971/09

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 19 días del mes de octubre de 2009, siendo las 13,00 horas, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante mi Dr. Adalberto Vicente Dias Secretario del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1 de la Dirección Nacional de Relaciones Laborales, Héctor Ricardo DAER, Javier Nicolás POKOIK, y Hugo José BURGUEÑO, en representación de la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (ATSA), junto a José Alberto MONJE con D.N.I. 16.327.564, Adrián Pablo BRITTES con D.N.I. 23.025.350 y Maria Soledad ALSAMENDI con D.N.I. 16.220.520 integrantes de la comisión interna, por una parte y por la otra el Dr. Martín BASUALDO con D.N.I. 20.275.868, en su carácter...

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