Resolución 805/2021

Fecha de publicación21 Diciembre 2021
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 30/06/2021

VISTO el EX-2020-75227470-APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 14.250 (t.o. 2004), 20.744 (t.o. 1976), y sus modificatorias, 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (t.o. 2017), la RESOL-2021-393-APN-SECT#MT, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la RESOL-2021-393-APN-SECT#MT, de fecha 20 de abril de 2021, se declaró homologado el acuerdo obrante a páginas 14/15 del IF-2020-75244216-APN-DNRYRT#MT, conjuntamente con el acta de ratificación obrante en el RE-2020-84295363-APN-DGD#MT del EX-2020- 84295465- -APN-DGD#MT, que tramita conjuntamente con el expediente de referencia celebrado entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA – Seccional San Nicolás, por la parte sindical y la empresa TERNIUM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).

Que en los considerandos de dicha resolución se incurrió en un error material de carácter involuntario al consignar que las partes deberían acompañar las escalas salariales que se aplicarán con motivo del incremento acordado, frase que no corresponde al acuerdo de marras y debe ser removida.

Que con el objeto de subsanar dicho error involuntario y a fin de evitar futuras confusiones, corresponde proceder a emitir el presente acto administrativo rectificatorio.

Que a los fines expuestos se pone de relieve que las enmiendas a efectuarse no alteran en lo sustancial el acto administrativo oportunamente dictado, el que resulta plenamente válido.

Que la rectificatoria de errores materiales resulta viable, conforme a las prescripciones del artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (t.o. 2017), reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549, en los términos del cual se dicta el presente.

Que la Asesoría Técnico-Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades...

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