Resolucion 80
Fecha de publicación | 28 Febrero 2008 |
Fecha de disposición | 28 Febrero 2008 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31355 |
Que en vista de las irregularidades referidas y detalladas en las presentes ameritan un pronunciamiento de esta Institución, con relación al vacío normativo que se ha puesto de manifiesto.
Que, en ese sentido, corresponde recomendar al MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION que, en el marco de sus competencias, arbitre los medios a efectos de instar la sanción de normativa específica que regule de forma exhaustiva las diferentes etapas de comercialización de medicamentos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 28 de la Ley 24.284, el artículo 86 de la CONSTITUCION NACIONAL y normas concordantes.
Por ello,
EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION RESUELVE:
RECOMENDAR al MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION el dictado de una norma, en el marco de sus competencias, y/o la elevación al Congreso de la Nación de un proyecto de ley que contemple normativa específica que regule, de forma exhaustiva, las diferentes etapas de comercialización de medicamentos.
Poner la presente en conocimiento de la COMISION BICAMERAL PERMANENTE DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO.
Regístrese, notifíquese en los términos del artículo 28 de la Ley 24.284, Publíquese en el Boletín Oficial de la Nación y resérvese. -- EDUARDO MONDINO, Defensor del Pueblo de la Nación.
e. 28/02/2008 Nº 572.214 v. 28/02/2008 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE TRANSPORTE Resolución Nº 21/2008
Bs. As., 31/1/2008
VISTO el Expediente Nº S01: 0175411/2002 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 589 de fecha 17 de marzo de 2006 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se aprobó el Pliego de Condiciones Generales y Particulares a regir en la Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de la construcción, operación y mantenimiento de un servicio de transporte ferroviario de cargas y pasajeros que vincule la Estación multimodal a construir en el Departamento de LUJAN DE CUYO y las Ciudades de MENDOZA - GUAYMALLEN (Provincia de MENDOZA) en la FRONTERA INTERNACIONAL con la REPUBLICA DE CHILE.
Que por la citada resolución se instruyó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a llevar a cabo todas las acciones necesarias para efectuar el proceso licitatorio, incluyendo el llamado a licitación, la publicación de los avisos correspondientes, la fijación del precio de los pliegos, la supervisión del proceso de evaluación de las ofertas y la propuesta de adjudicación a la oferta que resulte seleccionada, en coordinación con la licitación a realizar en la REPUBLICA DE CHILE.
Que en tal sentido por Resolución Nº 689 de fecha 7 de septiembre de 2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se efectuó el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de la construcción, operación y mantenimiento de un servicio de transporte ferroviario de cargas y pasajeros que vincule la Estación multimodal a construir en el Departamento de LUJAN DE CUYO y las Ciudades de MENDOZA - GUAYMALLEN (Provincia de MENDOZA) en la FRONTERA INTERNACIONAL con la REPUBLICA DE CHILE.
Que en fecha 14 de diciembre de 2007 se procedió a la recepción y apertura de las ofertas, presentándose como único oferente el consorcio CORPORACION AMERICA SOCIEDAD ANONIMA TECNICAGUA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGRICOLA.
Que la COMISION EVALUADORA de la licitación ha tomado la intervención que le compete, arribando a la conclusión que la documentación presentada por el oferente no cumple con las exigencias del Pliego Licitatorio, motivo por el cual la oferta debe ser desestimada.
Que en virtud de lo expuesto precedentemente, corresponde declarar fracasado el llamado a licitación de que se trata.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y la Resolución Nº 589 de fecha 17 de marzo de 2006 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE:
Desestímase la oferta presentada por el consorcio CORPORACION AMERICA SOCIEDAD ANONIMA TECNICAGUA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGRICOLA correspondiente a la Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de la construcción, operación y mantenimiento de un servicio de transporte ferroviario de cargas y pasajeros que vincule la Estación multimodal a construir en el Departamento de LUJAN DE CUYO y de las Ciudades de MENDOZA GUAYMALLEN (Provincia de MENDOZA) en la FRONTERA INTERNACIONAL con la REPUBLICA DE CHILE.
Declárase fracasado el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de la construcción, operación y mantenimiento de un servicio de transporte ferroviario de cargas y pasajeros que vincule la Estación multimodal a construir en el Departamento de LUJAN DE CUYO y de las Ciudades de MENDOZA GUAYMALLEN (Provincia de MENDOZA) en la FRONTERA INTERNACIONAL con la REPUBLICA DE CHILE, efectuado por Resolución Nº 689 de fecha 7 de septiembre de 2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Notifíquese al oferente del Llamado a licitación mencionado en el artículo precedente.
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Ing. RICARDO RAUL JAIME, Secretario de Transporte.
e. 28/02/2008 Nº 572.105 v. 28/02/2008 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Resolución Nº 80/2008
Bs. As., 25/2/2008
VISTO el Expediente Nº S01:0177672/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION, las Leyes Nros. 23.696 y sus modificaciones y 25.471, los Decretos Nros. 584 de fecha 1 de abril de 1993 y 628...
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