Resolución 8/2022

Fecha de publicación08 Julio 2022
SecciónResoluciones
EmisorJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DEL SECTOR PÚBLICO


Ciudad de Buenos Aires, 06/07/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2021-36104569-APN-DNFDEIT#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 25.506 y sus modificatorias, el Decreto Reglamentario N° 182 del 11 de marzo de 2019 y su modificatorio, el Decreto N° 123 del 10 de marzo de 2022, la Decisión Administrativa Nº 416 del 27 de abril de 2022, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 946 de fecha 22 de septiembre de 2021, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 184 del 28 de junio de 2012, las Resoluciones de la ex SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 40 del 15 de mayo de 2015, 43 del 15 de mayo de 2015 y 44 del 15 de mayo de 2015 y la Resolución de la ex SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N°1180 del 28 de diciembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.506 legisló sobre la Firma Electrónica, la Firma Digital, el documento digital y su eficacia jurídica, estableciendo disposiciones relativas a los componentes de la Infraestructura de Firma Digital de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el Decreto N° 182 del 11 de marzo de 2019 reglamentó la ley anteriormente citada, asignando competencias a la Autoridad de Aplicación para establecer determinados actos y procedimientos.

Que por su parte el Decreto N° 123 de fecha 10 de marzo de 2022, a través del cual se modificó el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, estableciendo la conformación organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y, en consecuencia, readecuó los objetivos de las áreas involucradas, entre ellas, la de la entonces SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, actual SECRETARÍA DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DEL SECTOR PÚBLICO, que, entre sus competencias, establece que le corresponde actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de Firma Digital establecida por la Ley N° 25.506.

Que en igual sentido, el mencionado Decreto Nº 123/22 estableció los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DEL SECTOR PÚBLICO, entre los que se encuentra el de intervenir en el marco regulatorio del régimen relativo a la validez legal del documento y Firma Digital, así como el de intervenir en aquellos aspectos vinculados con la incorporación de estos últimos a los circuitos...

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