Resolución 8/2022

Fecha de publicación19 Enero 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 17/01/2022

Visto el EX-2021-119868427-APN-DGD#MT del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 22.887, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1378 del 23 de noviembre de 2010, y

CONSIDERANDO

Que mediante la Ley N° 22.887, se creó el FONDO INDEMNIZATORIO DE CRÉDITO PARA LA VIVIENDA (FIDEC) para el Personal de la Actividad Aseguradora, Reaseguradora, de Capitalización y de Ahorro y Préstamo para la Vivienda.

Que por el artículo 7° de la mencionada Ley se establece que este Ministerio designará UN (1) síndico, quien tendrá a su cargo el cumplimiento de las disposiciones de la Ley y de su reglamentación.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1378 del 23 de noviembre de 2010, se designó a la SECRETARÍA DE TRABAJO como área responsable de receptar y canalizar los informes que en cumplimiento de sus funciones debe producir el síndico del FONDO INDEMNIZATORIO Y DE CREDITO PARA LA VIVIENDA (FIDEC), quedando facultada para solicitar toda aquella información que en el ámbito de sus competencias considere necesaria.

Que en virtud de lo antedicho, resulta necesario proceder a una nueva designación del síndico en los términos de lo establecido en el artículo 7° de la Ley...

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