Resolución 795-E.

Fecha de disposición09 Enero 2018
Fecha de publicación09 Enero 2018
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 795-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 21/11/2017

VISTO el Expediente N° 1.753.520/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/6 del Expediente N° 1.753.520/17, obra el Acuerdo y Anexo celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte gremial y la empresa GEFCO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empresaria, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido nuevas escalas salariales para el personal alcanzado por el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 248/97 "E", cuya vigencia opera a partir del día 1 de Enero de 2017, de acuerdo a las condiciones y términos allí pactados.

Que dicho plexo convencional ha sido originariamente suscripto por la empresa TRANSPORTES ADER SOCIEDAD ANÓNIMA.

Que no obstante ello, conforme surge de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1208/07, la empresa GEFCO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA se encuentra legitimada para negociar en el marco del referido Convenio.

Que el ámbito territorial y personal del acuerdo, se corresponde con la actividad de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas...

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