Resolución 790-E.

Fecha de disposición13 Septiembre 2017
Fecha de publicación13 Septiembre 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 790-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 05/09/2017

VISTO el Expediente N° EX-2016-04700975-APN-SSTA#MTR del registro del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 15 de diciembre de 2016 se firmó un Acuerdo en presencia de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE y de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, entre los representantes de la UNIÓN TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA), de la CÁMARA EMPRESARIA DE LARGA DISTANCIA (CELADI), de la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (AAETA), de la CÁMARA EMPRESARIA DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS (CEAP) y de la CÁMARA ARGENTINA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS (CATAP), en el cual se acordó reconocer el pago de un Bono Extraordinario de Fin de Año, destinado a los agentes comprendidos en las empresas de transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter interjurisdiccional de jurisdicción nacional.

Que en tal sentido, corresponde reconocer el pago de una suma no remunerativa, extraordinaria, no bonificable, y por única vez de PESOS CINCO MIL ($ 5.000), la que deberá ser abonada según el acta suscripta, de la siguiente manera: a) PESOS TRES MIL ($ 3.000) con el pago de los salarios del mes de diciembre de 2016; b) PESOS UN MIL ($ 1.000) con el pago de los salarios del mes de enero de 2017 y c) PESOS UN MIL ($ 1.000) con el pago de los salarios del mes de febrero de 2017.

Que es menester destacar que el reconocimiento de la suma extraordinaria mencionada, se ha procedido a abonar con fondos del Tesoro Nacional a través del "Régimen de Compensaciones Tarifarias al Transporte Automotor de Pasajeros de Larga Distancia (RCLD)", al que se refiere el Decreto Nº 868 de fecha 3 de julio de 2013, sus normas modificatorias y complementarias, no formando parte del monto máximo establecido en el artículo 2° de la Resolución N°...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR