Resolución 786 - E.

Fecha de disposición02 Diciembre 2016
Fecha de publicación02 Diciembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 786 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2016

VISTO el Expediente N° 1.720.943/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/5 del expediente citado en el Visto, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA DE ROSARIO (ATSA ROSARIO) por el sector de los trabajadores y las empresas WIENER LABORATORIOS S.A.I.C., PROAGRO S.A. y LABORATORIO BRIX S.R.L. por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1.301/12 "E", de conformidad con la Ley de Negociaciones Colectivas Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en las mismas, las partes convienen el incremento de básicos del convenio, en los plazos, montos y demás condiciones allí pactadas, conjuntamente con la modificación del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1.301/12 "E".

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la estricta correspondencia entre la actividad desarrollada por las empresas WIENER LABORATORIOS S.A.I.C. y PROAGRO S.A. y el ámbito personal y territorial reconocido por el MINISTERIO a la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que la empresa LABORATORIOS BRIX S.R.L. no ha formado parte del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1.301/12 "E", al tiempo que tampoco acreditó realizar alguna de las actividades alcanzadas en el ámbito personal del gremio firmante.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral".

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del Acuerdo, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las partes han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

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