Resolución 785. RESOL-2018-785-APN-SGS#MSYDS
Fecha de disposición | 13 Diciembre 2018 |
Fecha de publicación | 13 Diciembre 2018 |
Sección | Resoluciones |
MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
Resolución 785/2018
RESOL-2018-785-APN-SGS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 11/12/2018
VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2018-50228625-APN-DERA#ANMAT; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 25.630 de prevención de las anemias y las malformaciones del tubo neural, impone a quienes elaboran productos alimenticios la obligación de utilizar harina adicionada con hierro, ácido fólico, tiamina, riboflavina y niacina.
Que el Decreto Nº 597/03, reglamentario de la Ley Nº 25.630, prevé el otorgamiento de excepciones a quienes demuestren resultados negativos mediante exámenes de factibilidad, estabilidad y lapsos de aptitud.
Que la firma "H. BERTOLINI S.R.L.", RNE Nº 02-032.820 ha solicitado la excepción para que los productos: "Tapas para Empanadas de Copetín" - marca JUMBO MAS CALIDAD \u2013 RNPA N°: 02- 594949, "Tapa para Empanadas con Salvado \u2013 Nombre de fantasía: Rotiseras" - marca JUMBO MAS CALIDAD \u2013 RNPA N°: 02-594955, "Tapa para Empanadas \u2013 Nombre de fantasía: Variedades: Criolla y Rotiseras" - marca JUMBO MAS CALIDAD \u2013 RNPA N°: 02-594952, "Tapa para Empanadas de Hojaldre \u2013 Nombre de fantasía: Horno" - marca JUMBO MAS CALIDAD \u2013 RNPA N°: 02-594950, "Tapa para Empanadas \u2013 para Freír" - marca JUMBO MAS CALIDAD \u2013 RNPA N°: 02-594946, "Tapa para Pascualina de Hojaldre" - marca JUMBO MAS CALIDAD \u2013 RNPA en trámite según expediente N°: 2906-4675/2015 y "Tapa para Pascualina Criolla" - marca JUMBO MAS CALIDAD \u2013 RNPA en trámite segúnexpediente N°: 2906-4676/2015 puedan ser elaborados con harina sin enriquecer de acuerdo a la Ley Nº 25.630 y su Decreto Reglamentario Nº 597/03.
Que la Comisión de Asesoramiento, creada por el artículo 2º del Decreto Nº 597/2003, reglamentario de la Ley Nº 25.630, ha merituado los argumentos expuestos por el recurrente y ha emitido el informe de su competencia, informando que sugiere hacer lugar a la solicitud teniendo en cuenta que ya ha evaluado ensayos de factibilidad de este tipo de productos, presentados por empresas de producción masiva, así como también antecedentes bibliográficos a pesar de que la citada firma no ha presentado los resultados de los ensayos de...
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