Resolución 785/2020

Fecha de publicación04 Diciembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES


Ciudad de Buenos Aires, 02/12/2020

VISTO el EX-2020-74463996-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley Nº 17741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, Nº 90 de fecha 20 de enero de 2020, Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, Nº 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y complementarios, y Nº 520 de fecha 07 de junio de 2020 y complementarios, y las Resoluciones INCAA N° 1 de fecha 2 de enero de 2017 y N° 1477-E de fecha 22 de noviembre de 2017, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tiene como objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en el territorio nacional.

Que la actividad cinematográfica y audiovisual constituye un bien jurídico protegido en el artículo 75, inciso 19, de la Constitución Nacional, mediante el cual se tutela la identidad y pluralidad cultural, el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales.

Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la facultad del presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar Concursos y otorgar premios.

Que resulta necesario llamar a participar del CONCURSO FEDERAL DE DESARROLLO DE PROYECTOS DOCUMENTALES INEDITOS 2020, con el objeto de posibilitar el trabajo de productoras/es o realizadoras/es integrales y su equipo de trabajo, con el objetivo de armar una sólida versión del guion y una carpeta de desarrollo de proyecto para su presentación a nivel nacional o internacional.

Que la Bases y Condiciones, y los Requisitos del llamado a Concurso, se encuentran incorporadas mediante IF 2020-75916371-APN-GFIA#INCAA e IF 2020-75916286-APN-GFIA#INCAA.

Que el artículo primero del Decreto Nº 297/2020 y complementarios, establece que la medida de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” se adopta en el marco de la declaración de pandemia emitida por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), la Emergencia Sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, y en atención a la evolución de la situación epidemiológica, con relación al CORONAVIRUS- COVID 19.

Que en este mismo marco de emergencia sanitaria el Gobierno Nacional dictó el Decreto Nº 520/2020 y complementarios, mediante el cual dispuso medidas de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” según la...

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