Resolución 7812-E.

Fecha de disposición31 Agosto 2017
Fecha de publicación31 Agosto 2017
SecciónResoluciones

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

Resolución 7812-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2017

VISTO:

El expediente EX 2017 \u2013 13636030 \u2013 APN-DDYME#JGM; la Ley N° 27.260; el Decreto 852 del 6 de junio de 2014, la Resolución Conjunta N° 885 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y N° 3681/2014 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP); y el "ACUERDO DE ADHESIÓN \u2013 DECRETO 852/2014 \u2013 RESOLUCIÓN n° 885/2014 \u2013 RESOLUCIÓN GENERAL N° 3681 (AFIP) \u2013 CANCELACIÓN DE DEUDAS MEDIANTE DACIÓN EN PAGO DE ESPACIOS PUBLICITARIOS" suscripto entre esta SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA y la empresa AMFIN S.A.;

Y CONSIDERANDO:

Que en fecha 6 de junio de 2014 y mediante Decreto N° 852/2015 el Poder Ejecutivo Nacional habilitó el mecanismo de dación en pago de deudas fiscales y previsionales por pauta publicitaria en los medios de comunicación;

Que luego de ello se dictaron las Resoluciones mencionadas de modo conjunto para reglamentar dicho mecanismo;

Planteado el esquema, la empresa EDITORIAL AMFIN S.A. solicitó para su producto el periódico papel "Ambito Financiero", su adhesión a dicho sistema de dación en pago, de acuerdo al informe brindado por AFIP, suscribiéndose entonces el Acuerdo de Adhesión de marras;

No obstante, la empresa citada manifiesta haber ingresado a la moratoria fiscal instrumentada por la Ley N° 27.260 para cancelar idéntica deuda que la que se incluyó en el mecanismo de dación en pago instrumentado por el Decreto N° 852/2014.

Que lo notifica a esta SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR