Resolución 781/2020

Fecha de publicación17 Abril 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 16/04/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-19471059-APN-GGE#SSS del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD; las Leyes Nº 23.660, Nº 23.661, Nº 26.682 y Nº 27.541; los Decretos Nº 2710 del 28 de diciembre de 2012 y su modificatorio, Nº 1991 del 29 de noviembre de 2011, Nº 1993 del 30 de noviembre de 2011, Nº 688 del 4 de octubre de 2019 y su modificatorio y Nº 260 del 12 de marzo de 2020; y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 6º de la Ley Nº 23.660 se dispuso que las obras sociales comprendidas en su régimen, como agentes del Seguro de Salud, deberán inscribirse en el registro que funciona en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, en las condiciones que establezca la Ley del Sistema Nacional del Seguro de Salud y su decreto reglamentario.

Que en dicho marco, de acuerdo a lo establecido en la citada Ley Nº 23.660 y en la Ley Nº 23.661, que regula el Sistema Nacional del Seguro de Salud, se implementó el Registro Nacional de Obras Sociales (RNOS) y se fijaron los requisitos para la inscripción de nuevas entidades en dicho Registro.

Que del mismo modo, la Ley Nº 26.682, que estableció el marco regulatorio de la Medicina Prepaga, dispuso en su artículo 5º, inciso b, que la autoridad de aplicación creara y mantuviera actualizado el registro de los sujetos comprendidos en el artículo 1º de la Ley.

Que en tal sentido, el Decreto N° 1993/2011, reglamentario de la citada Ley, dispuso en el artículo 5º, inciso c, la información necesaria para poder obtener la inscripción en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP).

Que la actual situación económica y social de la República Argentina, que se encuentra en estado crítico, obligó al Congreso Nacional al dictado de la Ley Nº 27.541, de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública.

Que dicha Ley declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2020.

Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus COVID-19 como una pandemia, luego de que el número de personas infectadas por éste a nivel global llegara a 118.554, y el número de muertes a 4.281, afectando hasta ese momento a 110 países.

Que ello motivó que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, ampliara la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541...

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