Resolución 772-E.

Fecha de disposición11 Diciembre 2017
Fecha de publicación11 Diciembre 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 772-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 13/10/2017

VISTO el Expediente Nº 1.773.347/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 38/40vta y Anexo de fojas 41 luce un acuerdo celebrado por el SINDICATO DE CHOFERES DE CAMIONES, OBREROS, EMPLEADOS DEL TRANSPORTE DE CARGAS POR AUTOMOTOR, LOGÍSTICA Y SERVICIOS DE DISTRIBUCIÓN DE LA CAPITAL FEDERAL Y PROVINCIA DE BUENOS AIRES por el sector sindical, y la empresa BRD SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL, FINANCIERA E INMOBILIARIA por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 40/89 RAMA REMOLQUES MECÁNICOS de acuerdo a las disposiciones de la ley N° 14.250 (t.o. 2004) de negociaciones colectivas.

Que el acuerdo establece incrementos en el Adicional Salarial por trabajo en vía pública, recargo diario por día completo, y productividad administrativa, y recategorización de los conductores de Primera Categoría como Conductores Categoría D, conforme lo dispuesto en el punto 6.1.1 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 40/89, con vigencia desde el 1° de septiembre de 2017 para los trabajadores de las Playas de Infractores 9 de Julio y Tacuarí, de acuerdo a lo previsto en el Anexo A.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos y ratificaron su contenido a fojas 42.

Que los delegados de personal han intervenido de acuerdo a lo previsto en el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y...

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