Resolución 7483 - E.

Fecha de disposición02 Noviembre 2016
Fecha de publicación02 Noviembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 7483 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2016

VISTO el Expediente Nº 8.047/16 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), la Resolución Nº 6.602-ENACOM/16, la Resolución N° 7.099-ENACOM/16, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nº 27.078 y Nº 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que las actuaciones del VISTO documentan el concurso público convocado a través de la Resolución Nº 6.602-ENACOM/16, para la adjudicación de UNA (1) licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud, en la frecuencia de 1190 KHz., con categoría II, identificada con la señal distintiva LR9, en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a una persona física o de existencia ideal con fines de lucro constituida o en formación o sin fines de lucro constituida.

Que a través del prenotado acto administrativo se aprobó el pliego de bases y condiciones que regirá el procedimiento de selección que se trata.

Que mediante el dictado de la Resolución N° 7.099-ENACOM/16 se aprobó la Circular Aclaratoria N° 1, al aludido pliego de bases y condiciones.

Que ulteriormente, la COOPERATIVA DE TRABAJO RADIO COOPERATIVA LIMITADA, invocando el carácter de adquirente del pliego de bases y condiciones destinado a regir el procedimiento de selección al que refieren los actuados del Visto, efectuó una presentación, solicitando aclaraciones sobre el pliego en cuestión.

Que la presentante, luego de caracterizar la naturaleza de las cooperativas de trabajo y las relaciones que las vinculan con sus asociados, solicita que "\u2026como circular aclaratoria, informe el Ente Nacional de Comunicaciones a través del área competente, si corresponde o no exigir a la Cooperativa el cumplimiento de las previsiones contenidas en el Art. 26 del pliego sobre el compromiso de continuidad de la relación laboral\u2026".

Que resulta menester aclarar el alcance de las previsiones del pliego de bases...

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