Resolución 745. RESOL-2018-745-APN-SECT#MT

Fecha de disposición29 Marzo 2019
Fecha de publicación29 Marzo 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 745/2018

RESOL-2018-745-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2018

VISTO el Expediente Nº 405.752/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 23/25 del Expediente N° 405.752/17, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES - S.O.I.V.A. y por el sector empleador la CÁMARA DE TINTOREROS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el acuerdo de marras, los agentes negociadores convienen nuevas condiciones salariales para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 569/2009, del cual son las mismas partes signatarias, conforme los términos y condiciones allí pactados.

Que en relación con el carácter atribuido a las asignaciones pactadas, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que respecto a lo pactado en la cláusula gatillo, se hace saber que de producirse el evento...

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