Resolución 744/2022

Fecha de publicación02 Enero 2023
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL


Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2022

VISTO el Expediente EX-2022-134588582-APN-ANAC#MTR, la Ley N° 17.285 (Código Aeronáutico), la Ley 19.030, el Decreto N° 239 de fecha 15 de marzo de 2007, el Decreto 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007, las Resoluciones de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) N°40-E de fecha 14 de febrero de 2020 y N° 194-E de fecha 27 de abril de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución N°40-E/ 2020 de fecha 14 de febrero de 2020, modificada por la Resolución N°194- E/22 de fecha 27 de abril de 2022, ambas de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), se dispuso la internacionalización del Aeroparque “Jorge Newbery” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con relación a la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, la REPÚBLICA DEL PARAGUAY, la REPÚBLICA DE CHILE, el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, la REPÚBLICA DEL PERÚ, y la REPÚBLICA DE COLOMBIA.

Que dicha internacionalización tuvo como limitación en su Artículo 3°, que en el supuesto que los itinerarios se inicien o finalicen en el Aeroparque “Jorge Newbery”, la comercialización de estos servicios deberá acotarse a que tengan finalización o inicio, respectivamente, en los mencionados países.

Que la restricción de marras fue establecida en su momento, dado que dicho aeropuerto se encontraba inmerso en un proceso de reformas, desconociéndose desde la perspectiva de esta Autoridad Aeronáutica, el nivel de capacidad para arribos y partidas internacionales que podría llegar a poseer una vez finalizadas las obras.

Que, sin embargo, con el reinicio de las operaciones luego de las medidas de emergencia tomadas con motivo de la Pandemia del COVID-19, y en base a los últimos informes de la capacidad semanal recibidos desde el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), se concluyó que es posible promover una modificación reglamentaria, con finalidad de incrementar la conectividad a nivel regional, redundando en grandes beneficios para los pasajeros, y en un incremento significativo en los niveles de recuperación del tráfico aerocomercial en el país y la región.

Que en consonancia con ello, es esencial destacar lo expuesto por el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, en su Nota NO-2020-09185356-APN#MTYD de fecha 10 de febrero de 2020 indicando que: “La limitación de la llegada de vuelos regionales al Aeroparque Jorge Newbery, promovida por la administración nacional anterior, impactó negativamente en las condiciones de viaje de los turistas extranjeros que...

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