Resolución 739. RESOL-2018-739-APN-SECT#MT

Fecha de disposición29 Marzo 2019
Fecha de publicación29 Marzo 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 739/2018

RESOL-2018-739-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2018

VISTO el Expediente N° 65.758/17 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 43/45 del Expediente N° 65.758/17 obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS ACEITEROS DE JUNÍN, por la parte sindical y la empresa NIDERA SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente acuerdo se enmarca en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1452/15 "E".

Que bajo dicho acuerdo las partes pactaron nuevas condiciones salariales a partir del mes de Abril de 2017, en los términos y condiciones allí establecidos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que en relación con el carácter atribuido a la asignación pactada en la cláusula tercera, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a...

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