Resolución 73.
Fecha de disposición | 29 Septiembre 2017 |
Fecha de publicación | 29 Septiembre 2017 |
Sección | Resoluciones |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
Resolución 73/2017
Buenos Aires, 21/09/2017
VISTO el Expediente N° 1-2015-1 767 065/2017 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y,
CONSIDERANDO
Que en el citado expediente obra una presentación de la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES, referida a la provisión de ROPA DE TRABAJO para el personal que se desempeña en explotaciones agrarias de manera permanente continua o discontinua, en el ámbito de todo el país.
Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido los representantes sectoriales en cuanto a la pertinencia de la provisión de ROPA DE TRABAJO para los trabajadores referidos en el párrafo precedente, debe procederse a su determinación.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE
a) Época estival DOS (2) camisas, DOS (2) pantalones, UN (1) gorro y UN (1) par de botines con punta de acero que cumplan con las normas de seguridad, todo elaborado con material apto para los meses de verano.
b) Época invernal DOS (2) camisas, DOS (2) pantalones, UN (1) gorro, UN (1) par de botines con punta de acero que cumplan con las normas de seguridad, UN (1) cuello polar o bufanda y UN (1) par de guantes, todo elaborado con material apto para los meses de invierno.
Los equipos deberán ser devueltos al empleador luego de su utilización.
A los trabajadores que realicen tareas a la intemperie en condiciones climáticas de...
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