Resolución 73/2019

Fecha de publicación17 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO
undefinedCiudad de Buenos Aires, 14/05/2019

VISTO el Expediente EX-2019-10825482- -APN-SG#ACUMAR, las Leyes Nº 26.168 y N° 19.549 y su Decreto Reglamentario N° 1759/1972 (T.O. 2017), los Decretos N° 434/2016, N° 561/2016 y N° 1063/2016, las Resoluciones N° 90/2017 y 64/2018 de la SECRETARIA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA y las Resoluciones Presidencia ACUMAR N° 5/2009, N° 91/2009 (y su modificatoria N° 402/2017), N° 125/2016, N° 5/2017 y N° 419/2017, N° 297/2018 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente, y General Las Heras, de la Provincia de Buenos Aires.

Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2º in fine que ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.

Que mediante la Resolución Presidencia ACUMAR N° 91/2009 (modificada por la Resolución Presidencia ACUMAR N° 402/2017), se aprobó el Reglamento de Notificaciones del organismo, en el cual se establecen como medios de notificación el acceso directo al expediente del administrado, su representante legal o apoderado; la presentación espontánea; la cédula ACUMAR y la carta documento.

Que a su vez, en el artículo 7° de la Resolución CONSEJO DIRECTIVO N° 5/2009 se regularon las notificaciones en el procedimiento recursivo de ACUMAR.

Que la notificación es una herramienta de indiscutible importancia en el procedimiento administrativo, y un requisito de esencial eficacia que permite al administrado tomar conocimiento de los actos emitidos por el organismo y, ejercer su derecho de defensa, entre otras cuestiones.

Que mediante el Decreto N° 434/2016 el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó el Plan de Modernización del Estado en cuyo marco, mediante el Decreto N° 561/2016, reglamentado por la Resolución N° 90/2017 de la SECRETARIA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, se estableció la implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes.

Que asimismo, mediante el Decreto N° 1063/2016 se estableció la implementación de los Trámites a Distancia (TAD), como la plataforma...

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