Resolucion 716

Fecha de publicación17 Agosto 2007
Fecha de disposición17 Agosto 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31220

Federal y en representación de la UNION DE PERSONAL SUPERIOR Y PROFESIONAL DE EMPRESAS AEROCOMERCIALES con domicilio en Independencia 1111 3º piso Capital Federal, los señores Rubén Fernández (DNI Nº 12.167.495), Luis Alberto Juliano (DNI Nº 16.850.979), Jorge Oscar Dursi (LE Nº 8.505.039) quienes acuerdan lo siguiente:

PRIMERO: Abonar un premio, por única vez, por mayor recaudación, equivalente al 50% (cincuenta por ciento) del mejor salario del primer semestre del corriente año de cada trabajador, a la totalidad de los trabajadores comprendidos en la convención colectiva de trabajo Nº 209/97 'E'.

SEGUNDO: Que dicha suma se abonará el próximo 9 de junio de 2006.

En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno para cada una de las partes, en la Ciudad de Buenos Aires, a los 7 días del mes de Junio de 2006.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 716/2007

Registro Nº 829/07

Bs. As., 17/7/2007

VISTO el Expediente Nº 1.104.963/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramita elAcuerdo Colectivo yAnexos I, II y III para la Rama BEBIDAdel Convenio Colectivo deTrabajo Nº 152/91, que han alcanzado la FEDERACIONARGENTINADETRABAJADORES DE AGUAS GASEOSAS Y AFINES (F.A.T.A.G.A.) y el SINDICATO UNIDO TRABAJADORES DE LA INDUSTRIADEAGUAS GASEOSAS YAFINES (SANTAFE) por la parte gremial y la CAMARAARGENTINADE BEBIDAS SINALCOHOL(C.A.D.I.B.S.A.) por la parte empresaria, obrante el mismo a fojas 432/438, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que los agentes signatarios acuerdan nuevas remuneraciones a partir del 1º de octubre de 2007 con vigencia hasta el 30 de abril de 2008, nuevas asignaciones no remunerativas y valores de las contribuciones empresariales en el marco del citado plexo convencional Que los agentes negociales han ratificado a foja 439 el contenido y firmas del texto traído a estudio.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo se procederá a elaborar por intermedio de la Dirección de Regulaciones del Trabajo, el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio de las escalas salariales acompañadas, a .fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado 'orden público laboral'.

QueanalizadoslospuntosqueintegranelAcuerdoyAnexosI,IIyIII,enconsideración,esdablemanifestar que el ámbito territorial y personal del mismo, se corresponde con la representación empresaria y la representatividaddelasentidadessindicalesfirmantes,emergentedesusrespectivaspersoneríasgremiales.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo y Anexos I, II y III alcanzado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE AGUAS GASEOSAS Y AFINES (F.A.T.A.G.A.) y el SINDICATO UNIDO TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE AGUAS GASEOSAS Y AFINES (SANTA FE) por la parte gremial y la CAMARA ARGENTINA DE BEBIDAS SIN ALCOHOL (C.A.D.I.B.S.A.) por la parte empresaria, obrante el mismo a fojas 432/438, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el...

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