Resolución 702. RESOL-2018-702-APN-SECT#MT

Fecha de disposición08 Abril 2019
Fecha de publicación08 Abril 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 702/2018

RESOL-2018-702-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2018

VISTO el Expediente N° 164.944/17 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 29/31 del Expediente N° 164.944/17 obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES PASTELEROS, CONFITEROS, HELADEROS, PIZZEROS Y ALFAJOREROS y el SINDICATO DE OBREROS CONFITEROS, PASTELEROS FACTUREROS Y PIZZEROS DE SANTA FE, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN EMPRESARIA HOTELERA GASTRONÓMICA DE SANTA FE Y CENTRO DE INDUSTRIALES PANADEROS SANTA FE, por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo las precitadas partes pactaron otorgar un Incremento salarial a partir del mes de Marzo de 2018, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 600/10.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto administrativo homologado, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar el cálculo del tope previsto por el Art 245 de la Ley Nro. 20.744(t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal...

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