Resolución 7/2023

Fecha de publicación11 Enero 2023
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA


Ciudad de Buenos Aires, 09/01/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2022-127372929- -APN-DGD#MAGYP del Registro de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Acuerdo de Complementación Económica Nº 6 (ACE Nº 6) suscripto en fecha 28 de noviembre de 1993 entre la REPÚBLICA ARGENTINA, y los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, el Acta Final sobre la ampliación y profundización del Acuerdo de Complementación Económica Nº 6 (ACE Nº 6) suscripto en fecha 8 de junio de 2006 entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, la Resolución Nº RESOL-2018-2-APN-SECMA#MPYT de fecha 11 de octubre de 2018 de la ex - SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES de la ex - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del Acuerdo de Complementación Económica Nº 6 (ACE Nº 6) suscripto en fecha 28 de noviembre de 1993 entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, y en particular, el Anexo IV del Acta Final sobre la ampliación y profundización del Acuerdo de Complementación Económica Nº 6, los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS otorgan preferencias arancelarias a la REPÚBLICA ARGENTINA sobre el arancel vigente para terceros países conforme a la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías, en su versión regional NALADISA 2002, en relación a distintos productos en el comercio entre ambos países.

Que las preferencias arancelarias que se otorgan se refieren únicamente a la posición arancelaria identificada como 20087010 -Duraznos en Almíbar Enlatados- y se aplican sobre un cupo anual fijado inicialmente en DIEZ MIL TONELADAS MÉTRICAS (10.000 tm), para la posición arancelaria indicada, durante los años de vigencia del mencionado Acuerdo.

Que asimismo, el citado Acuerdo fija una desgravación para el período en vigencia, por lo que la desgravación arancelaria relativa es del CIEN POR CIENTO (100 %), siempre a aplicarse sobre dicho cupo.

Que por la Resolución Nº RESOL-2018-2-APN-SECMA#MPYT de fecha 11 de octubre de 2018 de la ex - SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES de la ex - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO se instituyó el Régimen jurídico aplicable al contingente arancelario para Duraznos en Almíbar Enlatados con los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Que el Artículo 10 de la referida...

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