Resolución 685/2019

Fecha de publicación04 Noviembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-22122590-APN-SSTA#MTR, los Decretos N° 891 de fecha 1° de noviembre de 2017, N° 733 de fecha 8 de agosto de 2018, N° 240 de fecha 1° de abril de 2019, la Resolución N° 569 de fecha 13 de septiembre de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE; y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 891 de fecha 1° de noviembre de 2017 sobre Buenas Prácticas en Materia de Simplificación ha determinado que las normas y regulaciones deben ser simples, claras y precisas, aplicando mejoras continuas de procesos, poniendo en primer plano a los ciudadanos y simplificando los requisitos que deben cumplir para poder llevar adelante su actividad.

Que por su parte, el Decreto Nº 733 de fecha 8 de agosto de 2018 estableció que la totalidad de los documentos, comunicaciones, expedientes, actuaciones, legajos, notificaciones, actos administrativos y procedimientos en general deberán instrumentarse en el sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE), permitiendo su acceso y tramitación digital completa, remota, simple, automática e instantánea.

Qué asimismo, establece que todos los trámites deben contar con una norma que regule sus procedimientos, los cuales deben ser diseñados desde la perspectiva del ciudadano, permitiéndole a éste último identificar con facilidad la entrada y salida de los trámites, los requisitos y los plazos específicos de respuesta, fijando un tiempo máximo de resolución de cada solicitud por parte de la Autoridad de Aplicación, agilizando, de este modo, su tramitación.

Que en función de lo expuesto en los considerandos precedentes por la Resolución N° 569 de fecha 13 de septiembre de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobó como Anexo N° IF-2019-82601675-APN-SECGT#MTR, un nuevo procedimiento para la tramitación de las solicitudes de permisos originarios, modificaciones de flota, permisos ocasionales, solicitudes de permisos complementarios para el transporte internacional de cargas por carreteras comprendidos en el ACUERDO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE (ATIT), aprobado como ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL en el marco de la ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIÓN (ALADI), y los que se realicen entre el TERRITORIO CONTINENTAL ARGENTINO y la ISLA GRANDE DE TIERRA DEL FUEGO, territorio de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, en tránsito por la jurisdicción de la REPÚBLICA DE CHILE, de conformidad con el CONVENIO ARGENTINO-CHILENO DE TRANSPORTE TERRESTRE EN TRÁNSITO.

Que el...

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