Resolución 712/2009

Fecha de la disposición15 de Octubre de 2009

Orden Cuit del Informante Razón social del informante Cuit del productor Razón social del productor CBU Nro de tambo PROMEDIO LITROS AGOSTO A COBRAR 1798 30500979824 VERONICA SACIAFEI 30636802650 RE RICARDO L.Y RE SUCESORES '0110504920050400098464' 9234 2.484 76991 $ 15.398,22

1799 30500979824 VERONICA SACIAFEI 30674845282 MUSSANO JUAN PABLO S.H. '0110504920050410961640' 9236 1.334 41367 $ 8.273,44

1800 30500979824 VERONICA SACIAFEI 20121832225 BIANCIOTTI OSCAR '1910335255133500543721' 9259 570 17671 $ 3.534,25

1801 30500979824 VERONICA SACIAFEI 30710632312 LA MARGARITA S.R.L. '0110504920050400148084' 9266 1.326 41115 $ 8.223,01

1802 20078761343 YURI LUIS ROQUE 20078761343 YURI LUIS ROQUE '0110283520028310064545' 1 1.055 32705 $ 6.541,00

1803 20078761343 YURI LUIS ROQUE 30709292281 M Y M ZILLI S.R.L. '2850360630000000130131' 2 2.324 72044 $ 14.408,80 $ 18.636.069,06 (*) AJUSTE POR PAGO JUNIO 2009 (*2) AJUSTE POR PAGO EN DEFECTO RES. 7501/2009.

Secretaría de Energía ENERGIA ELECTRICA Resolución 712/2009

Habilítase la realización de Contratos de Abastecimiento entre el Mercado Eléctrico Mayorista y las ofertas de disponibilidad de generación y energía asociada.

Bs. As., 9/10/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0344712/2009 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.190 establece el REGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGIA DESTINADA A LA PRODUCCION DE ENERGIA ELECTRICA.

Que dicha ley declara de interés nacional la generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energías renovables con destino a la prestación del servicio público.

Que asimismo establece, como objetivo alcanzar una contribución de las fuentes de energías renovables del OCHO POR CIENTO (8%) del consumo de energía eléctrica nacional, en el plazo de DIEZ (10) años a partir de la puesta en vigencia del régimen mencionado.

Que además, la Ley Nº 26.093 dispone un REGIMEN DE REGULACION Y PROMOCION PARA LA PRODUCCION Y USO SUSTENTABLES DE BIOCOMBUSTIBLES en el territorio de la Nación Argentina.

Que a los efectos de dar cumplimiento a los mandatos legislativos mencionados, esta Secretaría dentro del marco de su competencia pretende dar impulso al ingreso de nueva oferta de generación eléctrica utilizando fuentes renovables.

Que en tal sentido, a través de la Providencia MPFIPyS Nº 794 de fecha 13 abril de 2009 se instruyó a ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA) a instrumentar un proceso licitatorio convocando a ofertas de disponibilidad de generación de energía proveniente de fuentes de origen renovables por un total de MIL QUINCE MEGAVATIOS (1015 MW) de potencia instalada.

Que ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA) ha convocado, a través de la Licitación Pública Nacional e Internacional EE Nº 001/2009, a la presentación de ofertas de Provisión de Energía Eléctrica a Partir de Fuentes Renovables.

Que atento lo expuesto, resulta necesario disponer las bases reglamentarias aplicables, dando las señales económicas y normativas necesarias para la instalación de nueva oferta de generación de energía eléctrica, que utilice recursos renovables.

Que como antecedente cabe mencionar que, según lo dispuesto en la Resolución Nº 220 de fecha 18 de enero de 2007 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha sido habilitada la realización de Contratos de Abastecimiento entre el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y las ofertas de disponibilidad de generación y energía asociada.

Que de acuerdo a los recursos explotados para la generación de energía eléctrica, los proyectos sobre energías renovables implican la adopción de medidas particulares para el sector.

Que de acuerdo a la particularidad de estos proyectos es imprescindible establecer contratos a largo plazo para la comercialización de la energía generada.

Que a medida que se incorporen al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) centrales de generación de energía eléctrica cuya producción tenga como origen un recurso primario de naturaleza aleatoria y renovable como es el caso de la energía eólica, solar, geotérmica u otras, las reservas de potencia destinadas a la regulación de la frecuencia y las reservas operativas de corto plazo requerirán ser adecuadas con el fin de no disminuir la calidad de servicio existente.

Que a los efectos de contemplar adecuadamente las particularidades que presenta la operación de las centrales antes aludidas, corresponde incorporar a 'Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios' (LOS PROCEDIMIENTOS) aprobados por Resolución Nº 61 del 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, sus modificatorias y complementarias, los criterios y las pautas básicas a aplicarse para su vinculación al Sistema Interconectado Nacional (SADI) y/o a los Prestadores Adicionales de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica (PAFTT), como así también aquellas asociadas a la programación y el despacho de la producción de energía eléctrica a partir de tales fuentes renovables.

Que, conforme lo anterior, se entiende necesario incorporar el Anexo 39 - GENERACION CON FUENTES RENOVABLES DE ENERGIA, EXCLUIDA LA HIDRAULICA Y LA EOLICA.

Que, asimismo por el avance de la tecnología resulta pertinente adecuar aquellas estipulaciones establecidas en LOS PROCEDIMIENTOS en lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR