Resolución 464/2009

Fecha de la disposición15 de Octubre de 2009

Que las facultades de la suscrita para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárese homologado el Acuerdo suscripto entre la firma MERCEDEZ BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR, obrante a fojas 3/6 del Expediente Nº 1.300.969/08, ratificado a fojas 46.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que registre el Acuerdo citado obrante a fojas 3/6 del Expediente Nº 1.300.969/08.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el Artículo 1º de la presente Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.

ARTICULO 7º

Comuníquese, publíquese, dése la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.300.969/08

Buenos Aires, 22 de abril de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 476/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/6 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 377/09.

-- VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación D.N.R.T.

ACTA ACUERDO MERCEDES BENZ - SMATA En la ciudad de Buenos Aires, a los 3 días del mes de noviembre de 2008 se reúnen los Señores EDUARDO PURICELLI, ADRIAN ESCOBAR, MARCELO NARDELLI, JOSE DA FONSECA Y HECTOR ALEJANDRO GARCIA en representación de la Empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA S.A.

(en adelante LA EMPRESA) y los Señores MARIO MANRIQUE, RICARDO PIGNANELLI, HECTOR CHAPARRO, CARLOS DIAZ, MIGUEL COLLAZZO y HECTOR PICCHIO en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR --SMATA-- (en adelante LA ENTIDAD SINDICAL), junto con los Delegados del Personal, Señores JORGE VALLE, JOSE BASTONERO y MIGUEL MAESTÚ, en cumplimiento de la requisitoria estipulada en el artículo 17 de la Ley 14.250, a efectos de convenir una serie de iniciativas complementarias de las previsiones convencionales vigentes y orientadas a superar la presente coyuntura caracterizada por el escenario que seguidamente se describe.

  1. Consideraciones Previas Que la profunda crisis financiera internacional y su impacto en la economía mundial afecta de modo ostensible a los mercados hacia los cuales se destinan los vehículos producidos en el Centro Industrial Juan Manuel Fangio, verificándose una retracción en la demanda de tales productos con el consecuente recorte de los programas globales de producción, circunstancia que alcanza de modo sustancial las proyecciones de tales programas originariamente planificados por LA EMPRESA;

    Que como consecuencia de ello, resulta inexorable discontinuar uno de los tres turnos diarios de producción, adaptando así los recursos humanos y técnicos al nuevo escenario, de modo tal que sólo se trabaje en turno mañana y tarde.

    Que, al no avizorarse en el mediano y largo plazo un cambio en la situación que prevea la posibilidad de volver a trabajar en el esquema de 3 turnos, la reducción planteada impone la necesidad de encontrar soluciones para los trabajadores que componen el turno en cuestión.

    Que en función de lo descripto y con el único propósito de de minimizar las consecuencias negativas sobre el empleo de las personas afectadas a uno de los turnos de producción, las partes en el marco de los compromisos asumidos en el Acuerdo Convencional suscripto el 26 de mayo de 2008 y ante la necesidad de desplegar iniciativas que permitan amortiguar el impacto social de la retracción antes señalada, abocaron a analizar e identificar distintas medidas, las que luego de un profundo y prolongado debate, plasman en el entendimiento que integra el presente.

    Que resultará indispensable aplicar soluciones que permitan resolver el excedente de personal derivado de esta adecuación del programa de producción y que involucra a 580 trabajadores que integran el turno que se discontinúa, como consecuencia de la retracción de la demanda mundial de los vehículos producidos desde Argentina. Es por ese motivo que las partes han contemplado distintas variantes que coadyuven a morigerar la situación planteada, sin afectar los estándares de calidad y volúmenes de producción comprometidos.

  2. Contenido del Acuerdo:

    Las características de esta actividad exigen compatibilizar el compromiso y responsabilidad social de LA EMPRESA, Y LA ENTIDAD SINDICAL a desplegar ante coyunturas como la que se presenta, resguardando los índices de calidad, eficiencia y productividad que garanticen la competitividad, en un contexto de abastecimiento global de los vehículos producidos en Argentina, para...

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