Resolución 68.
Fecha de disposición | 29 Septiembre 2017 |
Fecha de publicación | 29 Septiembre 2017 |
Sección | Resoluciones |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
Resolución 68/2017
Buenos Aires, 21/09/2017
VISTO el Expediente N° 1-2015-1 771 866/2017 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 9 de fecha 12 de agosto de 1998, y
CONSIDERANDO
Que en el citado expediente obra una presentación de la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES, referida a la posibilidad de modificar el artículo 1° de la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 9/98, a los efectos de incluir en el mismo otros beneficios sociales para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Trabajo Agrario, instaurado por la Ley N° 26 727.
Que, analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia de la solicitud de la asociación sindical, debe procederse a su determinación.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26 727.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE
Sustitúyase el artículo 1° de la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 9 de fecha 12 de agosto de 1998, por el siguiente.
"ARTÍCULO 1° Establécese con carácter de obligatorio un beneficio social para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Trabajo Agrario, consistente en
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Seguro de sepelio,
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UN (1) moisés y elementos de baño y pañales para el mes posterior al nacimiento del hijo del trabajador,
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UN (1) set de útiles escolares y UN (1) guardapolvos, por cada año que el hijo del trabajador concurra a la escolaridad primaria,
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Estadía completa por SIETE (7) días en hoteles de la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES, en caso de matrimonio del trabajador,
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Otros beneficios...
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