Resolución 492/2009

Fecha de publicación07 Octubre 2009
Fecha de disposición07 Octubre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31753

SOCIEDAD ANONIMA' sobre la Línea de 132 kV, simple terna LAS HERAS - MINA SAN JOSE por una capacidad de 25 MVA y por un período de SEIS (6) años a partir de la puesta en servicio de la ampliación en ejecución. 2.- Determinar que esta prioridad de acceso no impedirá las futuras ampliaciones del sistema eléctrico en la ET MINA SAN JOSE que pudieran solicitarse para poder lograr el abastecimiento desde el SADI de las localidades de PERITO MORENO y aledañas. 3.- Establecer que si durante el período de vigencia de la prioridad de acceso se produjera alguno de los hechos mencionados en el Artículo 14 del Titulo II del Reglamento de Acceso a la Capacidad Existente y Ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica que forma parte del ANEXO 16 de LOS PROCEDIMIENTOS, esta autorización quedará sin efecto. 4.- El ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO deberá controlar el cumplimiento de la obligación dispuesta en la normativa mencionada en el ARTICULO precedente y asimismo, informar al ENRE toda situación que implique un uso irregular de la prioridad otorgada.

5.- Notifíquese a la 'EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA REGION DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANONIMA', a 'MINERA SANTA CRUZ SOCIEDAD ANONIMA' y a CAMMESA. -- Firmado: MARCELO BALDOMIR KIENER, Vocal Primero.

-- ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Vocal Segundo. -- MARIO H. DE CASAS, Presidente.

e. 07/10/2009 Nº 85560/09 v. 07/10/2009 ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD Resolución Nº 492/2009

ACTA Nº 1068

Expediente ENRE Nº 26.345/2008

Bs. As., 30/9/2009

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la 'EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE MENDOZA SOCIEDAD ANONIMA' en su condición de prestadora de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica, en la suma de PESOS NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($ 9.325,62) correspondientes al mes de enero de 2008, por incumplimiento de lo dispuesto en el Punto 3 del ANEXO 28 de LOS PROCEDIMIENTOS (Resolución de la EX SECRETARIA DE ENERGIA Nº 61/92 y sus modificatorias y complementarias), cuyo detalle, duración y monto de descuento se efectúa en el ANEXO al Informe técnico y legal de fojas 43/45. 2.- Instruir a CAMMESA para que aplicando las sanciones que se detallan en el ANEXO al Informe antes citado, efectúe los descuentos correspondientes sobre los precios que remuneran la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica prestada por 'EDEMSA'. 3.- Notifiquese a la 'EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE MENDOZA SOCIEDAD ANONIMA' y a 'CAMMESA', con copia de la presente y del ANEXO de fojas 43/45. Hágase saber que: a) se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Nº 1759/72 (t.o. en 1991), dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, así como también, (ii) en forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el artículo 94 del citado Reglamento y en el artículo 76 de la Ley Nº 24.065, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos; y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso...

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